Les confirmamos que la fecha máxima para sus reclamaciones es hasta el 5 de Octubre de 2016, y se debe cumplir con lo siguiente:
1-
A la reclamación deben adjuntar prueba del derecho que
reclaman (soporte de facturas)
2-
La reclamación debe estar firmada por quien tiene la
representación legal del establecimiento
3-
Deben adjuntar certificado de cámara de comercio que
demuestre la existencia de reclamante y su representación